BASES LEGALES DEL SORTEO “Invitaciones Evento Nike Castellana”

 

Las presentes Bases Legales (en adelante, las “Bases”) podrán ser consultadas por los participantes durante todo el periodo del sorteo (en adelante, el “Sorteo”). Para cualquier duda o consulta sobre la mecánica del Sorteo puede escribir a la dirección de correo electrónico: marketing@atleticodemadrid.com

 

PRIMERA. - DENOMINACIÓN Y OBJETO

 

Club Atlético de Madrid S.A.D, (en adelante, “Club Atlético de Madrid”), con CIF A-80373764 y domicilio social en Avenida de Luis Aragonés nº4, 28022, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, organiza una acción promocional (en adelante, la “Promoción”) que tiene como objeto promocionar al Club Atlético de Madrid.

 

El Club Atlético de Madrid convoca el Sorteo con el interés de promocionar y comercializar sus productos y servicios a través de un Sorteo en el podrán participar todas aquellas personas que se hayan inscrito correctamente, en cumplimiento de lo establecido en la cláusula CUARTA de las presentes Bases. En concreto, se realizará un sorteo al azar entre todas aquellas personas que hayan participado y cumplido con los requisitos mencionados.

El Sorteo se regirá conforme a las siguientes cláusulas:

 

SEGUNDA. - ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL

Se establece España como límite territorial para la participación en el Sorteo.

 

El periodo de participación en el Sorteo se extenderá desde el 18 de marzo de 2026 hasta las 16:00 del 19 de marzo de 2026. Fuera de este periodo las respuestas recibidas no se tendrán en cuenta.

TERCERA. - ÁMBITO PERSONAL

 

Sólo podrán participar en el Sorteo las personas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases.

 

Están excluidos de la participación en el Sorteo:

 

 

CUARTA. - FORMA DE PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO

 

Para participar en el Sorteo el concursante deberá realizar una compra superior a 99€ en una de nuestras Atleti Store de Xanadú, Parquesur u online durante el día 18 de marzo completo y el día 19 hasta las 16 horas y entrar en la web https://atleticodemadrid.qualifioapp.com/20/CD966E0C-970E-49C5-B944-4699A3657111/_wosod0/v1.cfm?id=CD966E0C-970E-49C5-B944-4699A3657111 y para acceder al Sorteo mediante un registro previo en el que se le solicitará el nombre, apellidos, número de teléfono y país de procedencia.

 

Todas aquellas participaciones que no cumplan los requisitos arriba mencionados no se contemplarán como válidas, y, por tanto, no optarán al premio.

 

La participación en el Sorteo es gratuita, de tal manera que para participar y ganar el premio objeto del Sorteo no será necesario el pago de ningún precio. Sólo se permitirá una participación por persona y/o usuario registrado.

 

No serán válidas las participaciones erróneas, incompletas, que no cumplan los requisitos mencionados o casos similares, y/o que hayan tenido lugar fuera del plazo de participación o que no cumplan con los requisitos de las presentes Bases.

 

QUINTA. - ACEPTACIÓN

 

La participación en este Sorteo implica la aceptación por los participantes de la totalidad de los términos de las Bases recogidas en este documento debiendo ser objeto de cumplimiento y renunciando a cualquier reclamación sobre las Bases.

 

SEXTA. - SORTEO Y FALLO DEL SORTEO

 

El Sorteo se llevará a cabo el 19 de marzo de 2026 entre todas las personas que hayan participado correctamente y hayan cumplido con las condiciones estipuladas en las presentes Bases Legales.

 

La elección de los ganadores del Sorteo se desarrollará de manera aleatoria (en adelante, el “Ganador”). En el mismo acto se seleccionarán 5 ganadores suplentes (en adelante, el “Suplente” o los “Suplentes”) para el caso en que no se pueda localizar a alguno de los ganadores según se estipula a continuación.

 

El fallo del Sorteo será inapelable, se comunicará al Ganador a través del correo electrónico que el usuario utilizó para la participación en el Sorteo.

 

El Ganador tendrá un plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde su notificación para aceptar el premio y comunicarlo al Club Atlético de Madrid en la manera que se le indique. En caso de aceptación, el Club Atlético de Madrid podrá solicitar toda la información y/o documentación que considere necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de participación previstos en estas Bases y demás normativa aplicable, así como cualquier otra información y/o documentación adicional que el Club Atlético de Madrid considere necesaria. En caso de no presentar la requerida información y/o documentación quedará descalificado del Sorteo perdiendo su condición de ganador.

 

En caso de que en el plazo indicado no se recibiera respuesta, si el Ganador se negara a aceptar el Premio o no cumpliera con los requisitos de las presentes Bases, el Club Atlético de Madrid le retirará la condición de ganador, otorgándosela al primer Suplente, que pasará a ostentar la condición de ganador. En el caso de que tampoco sea posible contactar con éste en un plazo de veinticuatro (24) horas, o que éste rechace el Premio o no cumpla con alguno de los requisitos de las presentes Bases, este quedará también eliminado, pasando el segundo Suplente a ostentar la condición de ganador y así sucesivamente hasta 5 Suplentes. El Club Atlético de Madrid no asume responsabilidad alguna frente a las personas que no hayan respondido.

 

SÉPTIMA. - PREMIOS

 

El Ganador recibirá una de las 25 invitaciones dobles para el evento de Meet&Greet con jugadores del Club Atlético de Madrid que se realizará en Nike Castellan el viernes 20.03 (en adelante, el “Premio”).

 

El Premio es personal e intransferible y no podrá canjearse por ningún otro elemento, ni efectivo, ni en especie.

 

La renuncia al Premio no dará ningún derecho de indemnización o compensación alguna.

 

El Ganador del Premio deberá asumir las obligaciones legales que le correspondan en relación con la obtención del Premio según la Ley vigente.

 

El Premio se entregará al Ganador a título personal por lo que no podrá ser transmitido o cedido a terceros, ya sea gratuita u onerosamente. El Premio no será canjeable por dinero y no podrá ser sustituido por otro a petición del Ganador. Si el Premio no fuere aceptado por alguno de los ganadores, éste se perderá y no será reembolsable. El Club Atlético de Madrid se reserva el derecho a sustituir el Premio por otro similar, con un valor igual o superior, por causas sobrevenidas que lo justifiquen.

 

El Club Atlético de Madrid no será responsable de las circunstancias que impidan el disfrute del Premio en caso de supuestos de fuerza mayor o caso fortuito, o por causas que no le sean imputables o que estén fuera del control del Club Atlético de Madrid (por ejemplo, en premios que consistan en viajes, cancelación de vuelos, falta de documentación personal válida para viajar, etc.).

 

El presente Sorteo y/o el Premio podrá ser declarado desierto. Para aceptar el Premio el Ganador asume los siguientes compromisos:

 

 

 

OCTAVA. - OBLIGACIONES FISCALES

 

El Premio quedará sujeto a la legislación fiscal vigente, debiendo asumir el Ganador las obligaciones fiscales que le correspondan en relación con la obtención del mismo.

 

En caso de que el Ganador sea residente en España y el valor del premio adjudicado a efectos de retenciones supere el importe de trescientos Euros (300.-€), corresponderá y será por cuenta del Club Atlético de Madrid el pago del ingreso a cuenta correspondiente conforme a los tipos que resulten vigentes a la fecha de devengo de la operación. El ingreso a cuenta no será repercutido al Ganador, siendo asumido por el Club Atlético de Madrid, por lo que dicho ingreso supondrá un mayor valor del Premio en especie percibido por el Ganador.

 

En caso de que el Ganador no sea residente en España, habrá que atender al lugar de residencia fiscal de éste para determinar el tratamiento fiscal del Premio, de conformidad con la legislación fiscal vigente de aplicación. A estos efectos, y en caso de ser aplicable, el Ganador deberá aportar el certificado de residencia fiscal a efectos del convenio para evitar la doble imposición suscrito entre España y el país de residencia del Ganador.

 

Asimismo, y en su caso, el Club Atlético de Madrid remitirá al Ganador, de acuerdo con la normativa expuesta, el correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta.

 

NOVENA. - RESPONSABILIDAD

 

El Club Atlético de Madrid se reserva el derecho de eliminar a cualquier participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente Sorteo.

 

El Club Atlético de Madrid se reserva el derecho de no aceptar la participación de una persona en el Sorteo si el mismo no cumple con las condiciones detalladas en las presentes Bases.

 

El Club Atlético de Madrid se reserva, asimismo, el derecho de invalidar la participación de aquellos usuarios que intenten participar a través de medios fraudulentos, o con fines fraudulentos o ilícitos. Todo ello sin perjuicio de las medidas legales oportunas que pudieran tomarse según las circunstancias de cada caso.

 

El Club Atlético de Madrid quedará eximido de toda responsabilidad para con los participantes, si por causa de fuerza mayor o imperativo legal hubiera de ser anulado o suspendido el presente Sorteo, situación que se pondría convenientemente en conocimiento de los participantes.

 

El Club Atlético de Madrid se exonera de cualquier tipo de responsabilidad con respecto a las incidencias que, ajenas a su voluntad, pudieran ocasionarse a los participantes y al Ganador del Premio.

 

El Club Atlético de Madrid no se hace en ningún caso responsable del tratamiento que los medios de comunicación otorguen al Sorteo y en particular a los datos personales e imágenes de los participantes y/o el Ganador, por lo que se exonera de cualquier responsabilidad, en relación con las posibles reclamaciones del Ganador, de los participantes y/o de terceros que pudieran producirse como consecuencia de las opiniones y/o declaraciones vertidas y/o de la utilización de las imágenes y/o datos personales que los medios pudieran llevar a cabo en relación con los participantes en el Sorteo y/o las personas que pudieran aparecer en las imágenes.

 

El Club Atlético de Madrid excluye cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que, a pesar de las medidas de seguridad adoptadas, pudieran deberse a la utilización indebida de los servicios y de los contenidos por parte de los participantes.

 

El Club Atlético de Madrid organiza este Sorteo de buena fe, de tal manera no será responsable de posibles pérdidas o daños producidos por la participación de cualquier persona en el Sorteo, o respecto del disfrute del premio por el Ganador, por causas que no le sean imputables. Mediante la participación en el Sorteo, los participantes liberan y mantendrán indemne al Club Atlético de Madrid frente a cualquier responsabilidad derivada de reclamaciones que puedan resultar de su participación en el Sorteo o del disfrute del Premio.

 

DÉCIMA. - PROPIEDAD INTELECTUAL

 

Los participantes en el Sorteo se comprometen y son responsables de asegurar que cuentan con el oportuno permiso y/o son titulares de los derechos de propiedad intelectual o derechos de las imágenes con las que participen en el Sorteo y cede al Club Atlético de Madrid el uso y la explotación de las mismas durante el tiempo máximo permitido por la Ley.

 

DECIMOPRIMERA. – PUBLICACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL GANADOR

 

El Ganador acepta que su nombre sea publicado en los soportes oficiales del Club Atlético de Madrid.

 

Con carácter adicional a lo anterior, el Ganador autoriza al Club Atlético de Madrid, sin límite territorial, desde el momento de la aceptación de las presentes Bases, a fijar, difundir y utilizar, por todos los medios escritos hablados y filmados, bajo toda forma por cualquier medio y sobre cualquier soporte, su nombre, imagen y voz, por todo el plazo de protección conferido por la legislación y para todos los países del mundo.

 

DECIMOSEGUNDA. - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GANADOR Y PARTICIPANTES DEL SORTEO

 

Le informamos de que sus datos serán tratados, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento UE 2016/679, y serán incluidos en un registro de actividades de tratamiento cuyo Responsable es el Club Atlético de Madrid, S.A.D. Estos datos serán almacenados en dicho registro durante el período de tiempo indicado en la normativa y la finalidad será la GESTIÓN DEL SORTEO/PROMOCIÓN, además de para informarle de nuestros productos y servicios, incluso por medios electrónicos, previo consentimiento. Club Atlético de Madrid podrá hacer uso de los datos del Ganador, pudiendo ser publicados en los medios electrónicos o redes sociales del Club, para así informar de las actividades, y la finalidad del uso estará exclusivamente ligada al buen funcionamiento de la Promoción y siempre relacionada con las actividades que se realizan en la misma, y sólo serán tratados cuando sean adecuadas, pertinentes y no excesivas en relación con el ámbito y las finalidades determinadas.

 

Usted podrá ejercitar ante Club Atlético de Madrid, S.A.D. los derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento, oposición, portabilidad, y a oponerse a decisiones individuales automatizadas. Asimismo, podrá revocar su consentimiento en caso de que lo haya otorgado para alguna finalidad específica, pudiendo modificar sus preferencias en todo momento. Podrá ejercitar sus derechos a través del correo electrónico datos@atleticodemadrid.com o a la siguiente dirección: Avenida Luis Aragonés 4, 28022, Madrid. Si lo desea puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el Aviso Legal y Política de Privacidad de la página web de la Fundación Club Atlético de Madrid y el Club Atlético de Madrid, S.A.D. https://www.atleticodemadrid.com/atm/politica-de-privacidad.

 

DECIMOTERCERA. - MODIFICACIÓN DE LAS BASES

 

El Club Atlético de Madrid se reserva el derecho de modificar las bases del Sorteo, de forma parcial o total. Del mismo modo, el Club Atlético de Madrid queda facultada para, a su criterio, resolver cualquier contingencia no prevista en las Bases, en base al espíritu y finalidad del mismo.

 

DECIMOCUARTA. - LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

 

Las presentes Bases se rigen por la Ley Española.

 

El Club Atlético de Madrid y los participantes en la Promoción se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

 

El Club Atlético de Madrid se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del Sorteo.